jueves, 8 de enero de 2009

LA REFORMA DE LA ADMINISTRACION


LA REFORMA DE LA ADMINISTRACION:


Estas fiestas de Navidad me ha dado la oportunidad de comprobar el nivel al que ha llegado la reforma de la Administración que de un forma o de otra se incluyeron en sus programas por todas las fuerzas políticas por allá los años 1978 y siguientes.

El día 23 de Diciembre pasado, día hábil, cualquier ciudadano que hubiera querido presentar un simple escrito al Registro de la Tesorería de la Seguridad Social, era dirigido a la sección correspondiente, con la excusa de que el registro ya no existía, con el consiguiente perjuicio de molestias y pérdidas de tiempo que ello representa.

Por otra parte, los días 24 y 31 de Diciembre, días hábiles para cualquier contribuyente-productor, no lo ha sido para la Administración Pública en cualquiera de sus niveles. Se encontraba cerrada o bajo mínimos, y si se quería realizar cualquier gestión, debió dejarla para otra ocasión, y la frase tan criticada en tiempos de nefasta memoria, “vuelva Vd mañana” volvía a ser pronunciada por el funcionario de turno.
La normativa existente, no prevé estos días como inhábiles, aunque sea únicamente a efectos administrativos. Esto quiere decir que son contabilizados a efectos de plazos para presentaciones de escritos o prescripciones relativos a derechos y obligaciones del ciudadano, y si coincidió que cualquiera de estos días finalizaba el plazo y no se estaba al caso, probablemente además se podría perder el derecho y hasta tener una sanción.

En definitiva, al día de hoy, se vulnera el artículo 35 y 38 de la Ley 30/1992, sobre derechos de los ciudadanos con relación con la administración.


Dada esta situación resulta imprescindible regularizar estas incidencias, ya que no existe en la normativa actual, la consideración de inhábiles para estos días atípicos. Parece que esto sí es tenido en cuenta en la Administración de Justicia, que incluye también el mes de Agosto, como inhábil por el período de vacaciones.

Lo cierto, es que en la Administración se ha producido un gran adelanto, en control, gestión y atención, más de lo primero que de lo último, y en esto consiste mi observación. Las nuevas tecnologías, y en concreto las telemáticas, reducen la gestión en la administración y aumentan el control. Pero esta ventaja no va en sincronización con el administrado, que la mayor parte de las veces, no posee dichos medios, y es tratado como un expediente más y no como una persona, y en ocasiones debido al control es agobiado hasta extremos humillantes. A través de los medios telemáticos, la gestión pública, pasa a manos privadas, (gestorías, asesorías, eso sí, sin contrapartidas y asumiendo éstas los costos), con lo que el servicio público no es tal. Es el público (el ciudadano) el cual está al servicio de la administración.

Aún hoy, queda mucho por hacer. Es esta, la Reforma de la Administración una asignatura pendiente.

Fco. Craviotto
www.craviotto-opinion.com/

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